
El matrimonio infantil queda prohibido en Colombia: la Corte Constitucional anuló las disposiciones que permitían las uniones antes de los 18 años.
Este jueves, 6 de febrero, la Corte Constitucional de Colombia eliminó el matrimonio infantil y estableció que la edad mínima para casarse en el país será de 18 años. El tribunal declaró inconstitucionales dos artículos del Código Civil, los artículos 117 y 124, al considerar que contravienen la Constitución. El artículo 117 permitía que los menores de 18 años pudieran casarse con el permiso expreso de sus padres, mientras que el fallo de la Corte resolvió que “el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre o con personas menores de 18 años son contrarios a la Constitución”.
Además, la Corte subrayó que tales uniones también violan el artículo 16.2 de la Convención contra la Discriminación de la Mujer, que prohíbe el matrimonio infantil. Por su parte, el artículo 124 especificaba que quien contrajera matrimonio antes de la edad establecida, sin el consentimiento de un ascendiente, podría ser desheredado.